A pocos días de la segunda vuelta presidencial del 14 de diciembre, millones de electores deberán concurrir nuevamente a las urnas para elegir entre Jeannette Jara y José Antonio Kast. Tal como en la primera vuelta, el voto es obligatorio y la ausencia sin justificación puede derivar en multas establecidas por la ley.

Quienes esperaban modificar su domicilio electoral antes del balotaje no podrán hacerlo. El plazo para realizar ese trámite cerró hace meses y, por lo mismo, quienes estén habilitados para votar deberán acudir al mismo local asignado en la elección del 16 de noviembre. El Servel aún no informa cuándo volverá a abrir el proceso, aunque, si se repite el calendario del año pasado, podría habilitarse durante la semana posterior a la segunda vuelta. Sin embargo, esa fecha debe ser confirmada oficialmente.

Respecto a las excusas para no votar, la normativa es estricta. Solo situaciones específicas permiten justificar la ausencia: enfermedad acreditada con certificado médico, discapacidad certificada, encontrarse fuera del país o a más de 200 kilómetros del local de votación, cumplir funciones encomendadas por la ley electoral o enfrentar un impedimento grave que pueda demostrarse.

Quienes no sufraguen por alguna de estas razones deberán esperar la citación del Juzgado de Policía Local para presentar sus antecedentes. La única gestión que exige trámite previo ocurre cuando el elector se encuentra a más de 200 kilómetros del local asignado: en ese caso, el mismo día de la elección debe acudir a una comisaría para obtener una constancia que respalde su ubicación.

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