La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt que ordenó al Hospital Regional, a intervenir quirúrgicamente a un adulto mayor afectado por artrosis de cadera y rodillas, en un plazo no superior a los tres meses.

El paciente lleva un año y ocho meses en espera de una operación, pese a haber certificado ante el recinto asistencial que tiene afectada severamente las articulaciones, que le impiden un adecuado descanso.

En su resolución, procedieron a confirmar la sentencia apelada del 20 de julio de 2024, dictada por la Corte de Apelaciones del Puerto Montt.

En dicha resolución previa, el tribunal de alzada puertomontino argumentó que el “Hospital habría incurrido en un actuar ilegal y arbitrario, pues la decisión de establecer un plazo de 240 días para realizar la cirugía de reemplazo de cadera, carece de sustento en la normativa legal.

Según la sentencia, este plazo fue incumplido por el Hospital de Puerto Montt.

Según establece el fallo unánime de la Primera Sala de la Corte de Puerto Montt, se habría vulnerado la integridad física y síquica puesto que injustificadamente se retarda el otorgamiento de las prestaciones requeridas para recobrar la salud o al menos mejorar su calidad de vida, según el fallo que firmaron los magistrados Patricio Rondini, Ivonne Avendaño y el abogado integrante Darío Parra.