El Tribunal Oral en lo Penal de Castro resolvió condenar al joven acusado de dar muerte a su hermano y a su abuela en la isla Caguach, comuna de Quinchao. En su veredicto, los jueces rechazaron la tesis de inimputabilidad planteada por la defensa y descartaron que el homicidio se hubiese cometido con alevosía y ensañamiento.

La sala estableció la responsabilidad de F. D. M. V. (27) por el delito de homicidio simple de su hermano, P. F. M. V. (34), y por el parricidio de su abuela, R. A. G. G. (75), hechos registrados el 24 de marzo de 2024.

Durante la audiencia, el tribunal indicó que no se acreditó la existencia de una enfermedad mental que eximiera de responsabilidad penal al acusado, además de reconocer tres agravantes y tres atenuantes en el proceso.

Tras el cambio en la calificación jurídica del homicidio, la Fiscalía redujo su solicitud de pena a 20 años de presidio por ese delito y mantuvo la petición de presidio perpetuo calificado por el parricidio. Por su parte, la defensa insistió en aplicar sanciones menores considerando las circunstancias atenuantes.

La lectura de la sentencia quedó fijada para el próximo 6 de julio.

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