La Corte Suprema acogió el recurso de amparo interpuesto por la defensa y dejó sin efecto una sanción de privación de visitas por siete días, aplicada por Gendarmería a una mujer interna en el Centro Penitenciario de Puerto Montt.

En fallo unánime, la Segunda Sala -integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, las ministras María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y los abogados Álvaro Vidal y Eduardo Gandulfo- revocó la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt,.

Sostiene el fallo que la decisión judicial de aprobar la sanción disciplinaria impuesta se torna ilegal, circunstancia que habilita para acoger la presente acción constitucional deducida.

Por tanto, se resuelve que se revoca la sentencia apelada de 2 de marzo de 2025, dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, y en su lugar se declara que se acoge la acción constitucional en favor de la interna en el centro penitenciario de Puerto Montt y en consecuencia, se deja sin efecto la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de Puerto Montt de 14 de febrero de 2025, disponiéndose en su lugar el rechazo del referido castigo, así como toda consecuencia jurídica derivada del mismo.